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Beneficios fiscales


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  • Deducción fiscal de la cuota en su totalidad.
  • Liberación de capital para otras inversiones de su Registro.
  • Unificación en una sóla cuota de todos los gastos informáticos.
  • No repercute en el ratio de endeudamiento de su Registro.
  • El equipo informático no se incorpora como inmovilizado, evitando engorrosos cálculos de amortizaciones.
  • El IVA es totalmente compensable.
  • Acceso a precios muy competitivos en consumibles y fungibles.
  • Podrá realizar o actualizar su instalación informática sin realizar un desembolso importante.
  • No es necesario realizar ninguna inversión.
  • Constituye un efectivo control del gasto e informa sobre el gasto anual real en informática de su Registro.
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